Condiciones
Términos y condiciones generales de la empresa
1.Nuestros suministros y nuestros servicios solo se
efectúan a base de estas condiciones de contrato. Lo mismo está en vigor para
pedidos de montaje y otros. Las condiciones de contrato también son válidas
para todos los negocios en el futuro, sin ser necesario volver a hacer un
convenio.
2.Condiciones discrepantes del cliente, que no sean
expresamente reconocidas por forma escrita, son inválidas, también si no
protestamos contra ellas expresamente.
3.Nuestras ofertas son siempre de voluntariedad: Todos
los pedidos necesitan una declaración de aceptación por escrito. Todos los
documentos adjuntos a nuestros catálogos, nuestros folletos y a nuestras
ofertas, especialmente en ilustraciones, suscripciones e indicaciones sobre
peso y medidas, solo son vinculantes, si han sido confirmados expresamente
por forma escrita. Convenios hechos a parte también tienen que ser
confirmados por forma escrita para ser válidos. Confirmaciones y otras
declaraciones solo nos comprometen si han sido declaradas por nosotros mismo
o por una persona con escritura de poder, por forma escrita.
4.Determinante para la totalidad de nuestro suministro
es la confirmación de pedido. En caso de falta de confirmación la oferta será
limitada a un cierto plazo.
II.Precios y pago
1.Los precios se entienden en fábrica incluyendo el
cargamento de la mercancía más embalaje, flete y transporte y otros servicios
como seguro, montaje, gastos así como el impuesto sobre el tráfico de
empresas.
2.Cheques y letras de cambio que pueden ser
redescontadas solo serán aceptados por cumplimiento. Gastos de descuento y
otros gastos bancarios van a cargo del cliente.
3.Tenemos el derecho de exigir seguridades para cobres
pendientes.
4.La reservación o compensación de pago solo se admite
con una demanda recíproca válida o incontestada del cliente.
5.En caso de que el cliente no cumpla con sus
obligaciones de pago o si nos da a conocer circunstancias que pongan en duda
la solvencia del cliente, tenemos el derecho de reclamar todos los cobres
pendientes al instante, también si antes se había concedido un aplazamiento
de pago o si se había aceptado una letra de cambio. En caso de que el cliente
no ofrezca pago en efectivo, nos reservamos el derecho de exigir una
indemnización en vez del valor del pedido completo o de desistir del
contrato, en el caso que la mercancía aún no haya sido suministrada.
6.En caso de no cumplir con el plazo de pago, serán
puestos en cuenta intereses moratorios en el ámbito legal.
III.Plazo de entrega
1.Plazos de entrega sólo son vinculantes si los hemos
confirmado expresamente por forma escrita. Plazos de entrega convenientes
serán puestos en marcha con el envío de la confirmación del pedido pero no
antes de la presentación los de documentos necesarios, de autorizaciones y de
la entrada de un pago en cuenta antes concertado. El plazo de entrega estará
cumplido si la mercancía ha abandonado la fábrica hasta la fecha de
expiración o si se ha informado el cliente sobre la disposición de
expedición. Tenemos reservado el derecho a entregas parciales.
2.El plazo de entrega se prolonga en caso de fuerza
mayor, huelga, cierre patronal, escasez de materias primas, interrupciones de
funcionamiento, alboroto, guerra o otras circunstancias no justificables.
Esto también vale si estas circunstancias afectan a nuestros suministradores.
Estas circunstancias tampoco serán justificables cuando ya existe una demora
de suministro.
3.Para cumplir con el plazo de entrega suponemos que el
cliente cumple con sus obligaciones del contrato. Sólo nos responsabilizamos
a indemnizar daños causados por retraso, si se trata de una imprudencia
temeraria o de mala intención. No nos responsabilizamos por descuidos
sencillos.
4.La responsabilidad para daños ocurridos por demora se
limita a un 2 por ciento del valor de la parte del pedido que a causa de la
demora no ha podido ser utilizado como constatado en el contrato. El cliente
tiene el derecho de desistir del contrato si nos ha dado una segunda prórroga
adecuada, sin resultado de nuestra parte.
5.En caso de que el cliente demore con aceptar la
mercancía, nos reservamos el derecho de fijar una prórroga adecuada. Después
de esta prórroga tenemos el derecho de disponer la mercancía de otro modo y
suministrar al cliente con un nuevo plazo de entrega adecuado.
IV.Transporte y aceptación de entrega
1.Lugar de cumplimiento del contrato es nuestra
fábrica. Con la entrega de la mercancía al transportista o al porteador, a
más tardar con el abandono de nuestra fábrica, la responsabilidad por la mercancía
se traspasa al cliente, también si el suministro ha sido efectuado
parcialmente o si nos hemos responsabilizado por otros servicios como gastos
del suministro, acarreo o montaje. Nos reservamos el derecho de la elección
del medio de transporte en todos los casos.
2.En caso que la demora del suministro se aplace por
motivos ocasionados por el cliente, la responsabilidad es traspasada al
cliente con el día en que la mercancía estaba preparada para el suministro.
Si el cliente lo desea, somos obligados a asegurar la mercancía a su cargo.
3.La mercancía suministrada tiene que ser aceptada por
el cliente, con los derechos en IV, también si tienen defectos
insignificantes.
V.Reserva de propiedad
1.Nos reservamos el derecho de reservar la propiedad de
la mercancía y de otros cobres pendientes, que resultan de nuestras
relaciones comerciales, hasta el pago
del precio de compra. El cese de pagar cobres pendientes no afecta la reserva
de propiedad. Sólo la entrada del equivalente vale como pago. Al pagar con
letra de cambio o cheque, la mercancía cambia de propietario después del
reembolso de la letra de cambio o del cheque.
2.El cliente no puede ni empeñar la mercancía ni
transferirla por motivos de seguridad. Nos tiene que informar inmediatamente
después de un embargo o una incautación o otro decreto hecho por terceros.
Esto también es valido al decretar los cobres pendientes por medio de un
contrato de factoring.
3.El cliente tiene el derecho de elaborar y / o
enajenar la mercancía debidamente dentro de su empresa. En caso de una
enajenación de la mercancía a terceros, el comprador nos traspasa automáticamente sus
pretensiones en el momento del enajenamiento. En este mismo momento ya
confirmamos la aceptación de la cesión.
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4.En caso de que el cliente demore con el pago de un
contrato existente o si no cumple con sus obligaciones de la reserva de
propiedad, nos reservamos el derecho de exigir la mercancía del comprador y
utilizarla a pulso. Al recoger la mercancía no existe una dimisión del
contrato. En este caso el comprador no tiene el derecho de poseer la
mercancía suministrada bajo la reserva de propiedad.
5.Al elaborar, unir y mezclar las mercancías, que están
bajo reserva, con otras mercancías que no están bajo nuestra tenencia, nos
pertenece una parte de los bienes producidos con nuestros productos con el
valor de la proporción de nuestro producto al otro producto al momento de
elaborar, unir y mezclar. En este caso el cliente guarda la mercancía de
reserva por nuestra parte.
6.Somos obligados, a restituir las seguridades
exigidas, si el valor de las seguridades es superior al 20 por ciento de los
cobres pendientes. VI.Responsabilidad para defectos de los bienes suministrados
1.Para la perfección de nuestros bienes nos
responsabilizamos 12 meses a partir del transporte de la mercancía.
2.Importante para la evaluación de un defecto es el
estado del bien al salir de la fábrica.
3.La mercancía es defectuosa, si es inutilizable o si
su utilidad está perjudicada y no solo perjudicada temporalmente, a causa de una
circunstancia existente antes del transporte, sobre todo por defectos de
construcción, malos materiales de construcción o ejecución del pedido no
correspondiente al contrato. Determinante para la potencia de nuestras
maquinas y nuestros aparatos son los resultados de nuestro banco de pruebas
en nuestra fábrica. No nos responsabilizamos por defectos causados por
insuficientes condiciones de instalación o mantenimiento inapropiado. Lo
mismo vale para defectos causados por las siguientes razones: utilización
inapropiada, montaje o puesta en funcionamiento por el comprador o terceros
defectuoso, desgaste natural y técnico, tratamiento y manejo incorrecto,
medios de explotación y materias primas como hilos y etiquetas inadecuados,
obras insuficientes, solar inadecuado, influencias químicas, electroquímicas
o eléctricas.
4.Solo podemos considerar reclamaciones por vicios de
la mercancía por parte de un comprador, si estas son reclamadas por forma
escrita inmediatamente correspondiendo a §377 del HGB (Código de Comercio).
Defectos visibles tienen que ser reclamados dentro de 8 días después del
suministro respectivamente 8 días después del montaje y funcionamiento de la
máquina. Después de este plazo una reclamación no será aceptada. Estas reglamentaciones
son validas en el transcurso del §378 HGB (Código de Comercio). El aviso de
defectos tiene que ser efectuado por forma escrita. Defectos que no pueden
ser descubiertos dentro de este plazo, tienen que ser comunicados
inmediatamente después del descubrimiento del defecto. No somos responsables
si el bien ha sido modificado antes de comunicar el defecto.
5.Nos reservamos el derecho de elegir entre retocar o
sustituir la mercancía o ceder del contrato, siempre que la reclamación haya
sido comunicada dentro del plazo determinado. En caso del suministro de
productos externos, podemos traspasar las reclamaciones contra nuestros
proveedores al comprador. En caso de una reclamación el cliente es obligado a
ofrecernos el tiempo y las posibilidades necesarias para arreglar el asunto.
6.El cliente es obligado a ofrecernos el tiempo y las
posibilidades necesarias para arreglar el asunto, en otro caso estaremos
liberalizados de esta reclamación. El comprador tiene el derecho de eliminar
el defecto por si mismo o por terceros en casos de emergencia como una amenaza de la seguridad de funcionamiento o
para defensa de daños excesivamente altos, después de comunicárnoslo. No se
acepta exigencias de anticipos.
7.Nos reservamos el derecho de rehusar una reclamación siempre
que el cliente procede en contrario al contrato. Esto vale especialmente,
pero no sólo,para pagos ya estipulados. Una reclamación beneficiaria no
libera al cliente del pago de la mercancía.
8.En caso de una reclamación de vicio beneficiaria, los
gastos directos para reparaciones o sustituciones irán a nuestro cargo,
especialmente los gastos para piezas de recambio y obra de mano. Gastos
indirectos o daños no van a nuestro cargo. Lo mismo también vale para
excesivos gastos de transportes o otros gastos de envío.
9.La eliminación de defectos o suministros de
sustitución no influyen el plazo de prescripción de derechos o exigencias
causados por defectos. La prescripción empieza con el transporte del primer
suministro al comprador. En caso de modificaciones por parte del comprador o
terceros sin confirmación nuestra, no aceptaremos la responsabilidad de los
daños causados.
VII.Responsabilidad
1.Nuestra responsabilidad está determinada en estás
condiciones generales de contrato. Indemnizaciones que no provienen de
motivos premeditados o de imprudencias temerarias están bajo reserva
excluidas del párrafo 2, si provienen de un daño de las obligaciones del
contrato no esencial. En caso del daño de una obligación esencial, nuestra
responsabilidad se limita a los daños previsibles, como máximo al valor de la
mercancía. Si se trata de un fallo por nuestra parte, nuestra culpa está al
mismo nivel como la culpa de nuestros representantes y empleados. No
incluidos están todas las posibles exigencias por parte del cliente que
pueden seguir, especialmente la sustitución de daños incluyendo los daños que
no han ocurrido directamente por la mercancía pero indirectamente: El cliente
tiene el derecho de ceder del contrato si existe un fracaso de la reejecución del pedido.
2.Exclusión y limitación de responsabilidad no son
validas si existe un malicioso oculto o el comienzo del caso de garantía al
aceptar una garantía de calidad y durabilidad correspondiendo a § 443 BGB
(Código Civil). Tampoco valen, al existir premeditación o imprudencia
temeraria por parte de nuestra empresa, por el propietario, por los altos
empleados y por los empleados. La responsabilidad tampoco vale para daños de
vida, del cuerpo o de la salud, que provienen de un incumplimiento del deber
temerario o premeditado y para daños que tienen que ser sustituidos
correspondiente a la ley de la responsabilidad de productos.
VIII.Leyes de protección
1.Nos reservamos todos los derechos de propiedad
intelectual de nuestros presupuestos, suscripciones y otros documentos. No
pueden ser accesibles a terceros sin nuestro asentimiento y tienen que ser
devueltos si los exigimos.
2.Nuestros derechos de propiedad intelectual, de
nuestros planos o otros documentos técnicos, quedan intangibles, también si
los ponemos disponibles a los clientes junto al contrato. Los planos y
documentos técnicos no pueden ser accesibles a terceros. Si lo exigimos, el
cliente nos tiene que devolver los planos y documentos inmediatamente, sin
tener que dar explicaciones. Lo mismo vale para informaciones de construcción
y otros datos. El cliente se responsabiliza por la legitimidad de nuestras
suscripciones y nuestros bosquejos. No somos obligados a controlar estos
documentos, especialmente referente a leyes de protección industriales de terceros
y el cliente se tiene que responsabilizar por daños que nos ocurren por la
alegación por terceros. Nuestros planos y proposiciones de construcción sólo
pueden ser accesibles con nuestra concesión, en otro caso el cliente se
responsabiliza por los daños que pueden ocurrir a nuestra empresa.
IX.Jurisdicción
1.En caso de desavenencias causadas por el contrato
entre nuestra empresa y el cliente, el cliente se obliga a presentar la
demanda delante del tribunal que es responsable por nuestra empresa, siempre
que el cliente es una persona jurídica del derecho público. Nos reservamos el
derecho de presentar una demanda delante el tribunal responsable para la
empresa del comprador.
2.En caso de que algunas determinaciones no sean
validas, esto no afecta a las determinaciones restantes. Las leyes en general
valen como complemento.
3.A la relación contractual solo se aplican las leyes
de la República Federal de Alemania, también e caso de una relación
contractual con una empresa en el extranjero. Excluidos son acuerdos de la
ONU sobre relaciones de la compra de bienes a nivel internacional.
Beckmann
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